La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos importes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos con destino al régimen de la seguridad social, en este caso a partir del período devengado septiembre de 2018.
Desde este año, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
La resolución 10/18 de la Secretaría de Seguridad Social fijó en el 6,68% el índice de movilidad de las jubilaciones para …
Fuente IProfesional Por Marcos Felice, consultor tributario