Desde el lunes 3 de septiembre los empleados en relación de dependencia y jubilados a quienes les practiquen retenciones del impuesto a las ganancias y deduzcan como carga de familia a sus hijos deberán actualizar la informaciónreferida a dicha deducción a través del SIRADIG en el marco de las modificaciones dispuestas por la Resolución General 4286.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió ajustar la forma de computar la deducción por hijos en el impuesto a las ganancias correspondiente a los empleados en relación de dependencia y jubilados.
En tal sentido, el fisco decidió modificar la parte pertinente a la deducción por hijos contemplada en la Resolución General 4003, norma reglamentaria del régimen de retención de ganancias para empleados y jubilados.
Las nuevas disposiciones del organismo recaudador determinan que cuando se inicie una nueva relación laboral, el empleado deberá indicar mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” el detalle de las personas a su cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, indicando -cuando corresponda- que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares.
Esta modificación, se da en el marco de lo establecido por la Ley 27.160 referida al Régimen de Asignaciones Familiares, la cual reguló -en su Artículo 6- que un mismo titular no podrá recibir prestaciones del citado régimen y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Por otra parte, la medida publicada por AFIP establece que respecto de la deducción por hijos, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones …
Fuente IProfesional Por Marcos Felice