La resolución general 4289 establece un plan de facilidades de pago para Pymes y personas humanas aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, vencidas hasta el 30 de junio pasado, inclusive, así como de sus respectivos intereses.
También permite la reformulación de planes de facilidades vigentes al 30 de junio de 2018, presentados conforme las resoluciones generales 3827 y 4099-E.
El atractivo principal de este plan , es la cantidad máxima de cuotas que tiene con respecto a los otros planes, ya que la misma es de 48 cuotas (el monto no puede ser inferior a $1.000) yla tasa efectiva mensual de financiamiento que para agosto y septiembre 2018 será de 2% para las Pymes y 3% para el resto de los contribuyentes.
La adhesión se puede formalizar hasta el 31 de octubre próximo.
¿Qué pasa con la deuda vencida al 30 de junio pasado e incluida en un plan de la resolución general 4268?
La resolución general 4268…
Fuente IProfesional Por Carla Lombardi, consultora tributaria